miércoles, 3 de diciembre de 2025

Exposición de datos personales de gendarmes en el Boletín Oficial: cuestionan la responsabilidad de Gendarmería y del Ministerio de Seguridad Nacional

La publicación en el Boletín Oficial del día de hoy de notificaciones dirigidas a dos integrantes de Gendarmería Nacional por incumplimientos administrativos volvió a poner bajo análisis las prácticas internas de la fuerza y el rol de supervisión del Ministerio de Seguridad de la Nación. Diversos especialistas alertan por la exposición de datos personales sensibles, los riesgos operativos y la posible responsabilidad institucional derivada de la difusión.

Las publicaciones edictales, firmadas por la Dirección de Recursos Humanos de Gendarmería ( David Alejandro Salas ), notificaron al Sargento XXX. y al Primer Alférez XXX. por la falta de presentación de sus Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales (DJPI). Los avisos incluyeron referencia a normas penales, advertencias de denuncia y la transcripción íntegra del DNI de ambos efectivos, aun cuando su difusión no era estrictamente necesaria para cumplir la finalidad del acto.

Exposición innecesaria y riesgo operativo

La divulgación de los datos completos de personal que desarrolla funciones en seguridad interior generó preocupación entre especialistas en Derecho Administrativo y Seguridad Pública. Señalan que la publicación de nombres completos, jerarquías y números de documento coloca a los agentes en una posición de mayor vulnerabilidad, máxime cuando participan en operativos contra narcotráfico, crimen organizado, delitos complejos y bandas que suelen recolectar información personal de los efectivos.

“Es gravísimo que se publique en un ámbito de acceso masivo información que permite identificar, rastrear y perfilar a un gendarme. Es un riesgo real para ellos y para sus familias”, advierten fuentes consultadas. La Constitución Nacional, la Ley 24.059 de Seguridad Interior y estándares internacionales imponen al Estado un deber reforzado de cuidado sobre quienes cumplen funciones de riesgo.

Inconsistencias en el procedimiento y omisión de medidas de resguardo

Si bien la normativa de Ética Pública habilita la notificación edictal cuando las vías tradicionales fracasan, juristas destacan que la legislación no exige publicar DNI completo, ni hacer referencias explícitas a advertencias penales cuando se trata de un mero incumplimiento administrativo.

“La notificación es obligatoria; la exposición innecesaria no lo es. El Estado tiene herramientas para cumplir la ley sin dañar la imagen ni comprometer la seguridad del personal”, afirmaron especialistas en protección de datos. Otros organismos públicos ya emplean criterios de minimización de datos, como la publicación de iniciales o DNI parcialmente anonimizados.

Responsabilidad institucional de Gendarmería y del Ministerio de Seguridad

Durante las últimas horas surgieron cuestionamientos directos hacia la cúpula de Gendarmería Nacional ( Comandante General Claudio Miguel Brilloni  ) y hacia el Ministerio de Seguridad de la Nación ( Alejandra Monteoliva ), autoridad política responsable del control de la fuerza. La difusión de datos personales sensibles podría implicar:

Responsabilidad administrativa

  • Posible infracción a la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales.

  • Falta de criterios de minimización y resguardo de información sensible.

  • Incumplimiento de deberes de cuidado respecto del personal operativo.

Responsabilidad civil del Estado

La Ley 26.944 de Responsabilidad del Estado prevé la reparación de daños ocasionados por actos administrativos antijurídicos. La exposición permanente de datos en un registro público podría generar daño moral, perjuicio profesional y riesgo personal para los agentes involucrados.

Responsabilidad penal

En casos de divulgación negligente de datos sensibles podrían analizarse los alcances de:

  • el art. 157 del Código Penal (violación de secretos y privacidad),

  • el art. 248 (abuso de autoridad o incumplimiento de deberes),
    si se comprobara que la publicación excedió lo estrictamente necesario o se actuó con manifiesta imprudencia.

En todos los supuestos, la responsabilidad alcanza tanto a la Dirección de Recursos Humanos de Gendarmería, que emitió las notificaciones, como al Ministerio de Seguridad, encargado de supervisar las formas, procedimientos y estándares de protección aplicables en la fuerza.

Llamado a revisar protocolos y evitar exposiciones indebidas

Expertos en seguridad remarcan que la publicación de datos identificatorios completos de personal involucrado en tareas operativas contradice principios básicos de protección institucional. Recomiendan adoptar medidas inmediatas:

  • Publicación de solo iniciales y DNI parcial.

  • Eliminación de referencias penales no indispensables.

  • Protocolos estrictos de reserva para personal operativo.

  • Revisión de los procedimientos internos de notificación.

  • Capacitación en protección de datos para áreas administrativas.

Conclusión

La polémica por la publicación de los datos personales de dos gendarmes en el Boletín Oficial expone una problemática más amplia: la necesidad de que las autoridades de Gendarmería Nacional y del Ministerio de Seguridad compatibilicen el cumplimiento de la normativa administrativa con la protección efectiva de su personal.

El caso abre un debate sobre las obligaciones legales del Estado, los límites de la publicidad de los actos administrativos y la responsabilidad que conlleva la exposición de quienes integran fuerzas federales que diariamente operan frente al delito.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Entradas populares