domingo, 16 de agosto de 2026

El Gobierno acumuló US$ 3.000 millones de fondos fiduciarios para financiar al Tesoro y Luis Caputo fue denunciado en la Justicia

A pesar de la promesa presidencial de eliminarlos, decenas de fideicomisos continúan operativos bajo la órbita del Ministerio de Economía. Mientras se registra una baja ejecución en obras, la oposición impulsó una causa penal por el presunto desvío de los recursos correspondientes al sistema vial.

Durante los primeros dos años de la presidencia de Javier Milei, los fondos fiduciarios estatales acumularon un superávit cercano a los US$ 3.000 millones, los cuales fueron colocados mayoritariamente en instrumentos financieros para sostener el "déficit cero". A pesar de que el mandatario prometió eliminarlos por considerarlos "cajas de la política", en la actualidad entre 27 y 29 fideicomisos continúan vigentes o en proceso de liquidación, administrados bajo la supervisión del Ministerio de Economía que conduce Luis Caputo. A través del decreto N° 215/2024, dicha cartera fue designada para ejercer la dirección de todos los fondos integrados con bienes del Estado Nacional.

De acuerdo con balances contables y planillas de la Oficina Nacional de Presupuesto (ONP), el superávit financiero de estos fideicomisos ascendió a $1,86 billones en 2024 (US$ 1.978 millones) y a $1,23 billones en 2025 (US$ 973 millones). En lugar de aplicarse a los fines específicos establecidos por ley, un porcentaje elevado de la recaudación se destinó a la compra de letras del Tesoro, bonos públicos y plazos fijos en el Banco Nación. Para 2026, las planillas presupuestarias prevén que el Gobierno coloque $1,33 billones adicionales en estas inversiones financieras.

 

Los datos oficiales coinciden con los relevamientos realizados desde la oposición. Alejandro "Topo" Rodríguez, ex diputado y actual director del Instituto Consenso Federal, precisó que los fondos registraron un superávit superior a los US$ 3.000 millones acumulados hasta 2025. A partir de la ejecución del primer trimestre del año, el dirigente proyectó que para fines de 2026 se sumarán otros US$ 956 millones, alcanzando un total cercano a los US$ 4.000 millones en tres años.

Esta reasignación de los recursos derivó en un expediente judicial focalizado en el Fondo Fiduciario del Sistema Vial Integrado (SisVial), que se nutre del impuesto a los combustibles líquidos. La diputada nacional Victoria Tolosa Paz presentó una denuncia en la justicia federal contra el ministro Caputo, acusándolo de no utilizar el dinero para el arreglo de rutas y desviarlo para financiar al Tesoro. Según sostiene la presentación, de los $1,503 billones recaudados en un período de dos años y medio, solo se aplicaron $394.406 millones a su destino específico, registrando una subejecución del 73,8%.

La información contable del SisVial detalla que, al 31 de mayo de 2026, el fondo mantenía más de $1,001 billones en inversiones financieras y $37.761 millones inmovilizados en cuenta corriente, totalizando más de $1,038 billones ajenos a la obra pública. Durante los primeros cinco meses de este año, se ejecutó apenas la cuarta parte de lo recaudado. Al respecto, el vocero presidencial, Adrián Ravier, reconoció que el Gobierno utiliza recursos de este fondo con el objetivo de lograr el equilibrio fiscal.

El freno en la inversión vial fue contrastado con el estado de las rutas nacionales. Un relevamiento de la Federación del Personal de Vialidad Nacional (FePeViNa) analizó 22 accidentes ocurridos entre junio y julio de 2026, con un saldo de 29 fallecidos. De los 17 siniestros con datos disponibles sobre el Índice de Estado de la calzada, el 64,7% tuvo lugar en tramos calificados como "malos" por la propia Dirección Nacional de Vialidad (DNV). Además, los registros muestran que el 52,7% de los pagos por obras del SisVial en los primeros cinco meses del año se desembolsaron durante "ventanas legislativas" coincidentes con votaciones sensibles en el Congreso.

 

La dinámica de subejecución y capitalización financiera se repite en otras cajas operativas, como el Fondo Fiduciario Sistema de Infraestructura del Transporte, el destinado a Consumos Residenciales de Gas y el Fondo de Infraestructura Hídrica. Este último recaudó $399.541 millones entre enero de 2024 y marzo de 2026, pero gastó solo el 25% de sus recursos en obras, colocando el excedente en instrumentos financieros. Para 2026, el Ministerio de Economía proyecta asignar casi la totalidad de su resultado financiero positivo a inversiones, pese a que debe solventar proyectos hídricos rezagados, como los de la cuenca del río Salado en la provincia de Buenos Aires.

En paralelo, el Gobierno avanza con modificaciones estructurales en otros fondos. El Fondo de Integración Socio Urbana (FISU), inicialmente manejado por Sebastián Pareja y destinado a urbanizar villas de emergencia, sufrió un recorte del 94% en sus desembolsos luego de que una medida cautelar del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) frenara la disolución anunciada por Milei. Esta decisión paralizó 636 proyectos e implicó la colocación de miles de millones de pesos en letras, bonos y fondos comunes de inversión. Por su parte, el Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina (FAMP), tutelado hasta fines de junio por Noelia Ruiz, dejó de recibir a principios de año los aportes de las ensambladoras, aunque mantiene operativos los proyectos que ya habían sido aprobados.

Finalmente, los resultados oficiales del primer trimestre de 2026 exponen que los excedentes crecen a un ritmo mayor al estipulado presupuestariamente. El Fondo de Energías Renovables (Foder) acumuló en tres meses 3,5 veces el resultado financiero que tenía proyectado para la totalidad del año, mientras que el Fondo de Promoción de la Economía del Conocimiento (Fonpec) llegó a marzo superando en 7,7 veces su proyección anual.

Dos jóvenes fueron asesinados a tiros en Florencio Varela y un tercero permanece internado en estado crítico

Dos jóvenes fueron asesinados a tiros y un tercero resultó gravemente herido durante un ataque ocurrido el jueves por la noche en el barrio San Francisco, en Florencio Varela. La investigación busca determinar quiénes fueron los autores del ataque y cuál fue el motivo del tiroteo. Una de las hipótesis mencionadas por vecinos sostiene que los agresores podrían haber buscado atacar otra vivienda y que las víctimas fueron alcanzadas por una presunta confusión, aunque esta versión todavía no fue confirmada por la Justicia.

El hecho ocurrió antes de las 21 en la calle 1325, entre 1344 y 1348. De acuerdo con la información difundida por medios locales, entre ellos Infosur, tres jóvenes se encontraban frente a una vivienda cuando una Volkswagen Suran de color gris se detuvo en el lugar. Al menos uno de los ocupantes habría descendido o extraído un arma y efectuado varios disparos contra el grupo, para luego escapar del lugar.

 

Una de las víctimas fue Ariel Machi, de 28 años, quien recibió impactos de bala en la pierna izquierda y el abdomen. Cuando efectivos policiales llegaron tras un llamado al 911 por las detonaciones y la presencia de personas heridas, encontraron a Machi fallecido en el lugar.

El segundo fallecido fue Franco Javier Herrera, de 23 años, propietario de la vivienda frente a la cual se produjo el ataque. Herrera sufrió heridas de arma de fuego en el abdomen y la espalda. Su padre lo trasladó en un vehículo particular hasta el Hospital Mi Pueblo, junto con otro de los jóvenes heridos. Herrera murió al día siguiente como consecuencia de las lesiones.

El tercer herido fue identificado como Sebastián Ortiz, de 25 años. Según la información difundida sobre el caso, recibió disparos en la espalda y el abdomen y fue intervenido quirúrgicamente. Al momento de los últimos reportes permanecía internado en estado crítico.

La principal hipótesis mencionada por habitantes del barrio sostiene que los atacantes podrían haber tenido como objetivo otra vivienda de la misma cuadra, que algunos vecinos señalan informalmente como un supuesto lugar de venta de estupefacientes. Sin embargo, no existe hasta el momento una confirmación judicial de que esa vivienda funcionara como un punto de venta de drogas, ni una imputación oficial contra sus ocupantes por una actividad de esa naturaleza. Tampoco está acreditado que Machi, Herrera u Ortiz tuvieran vínculos con el narcotráfico.

La investigación quedó a cargo de la UFIJ N.º 6, con intervención del Grupo de Trabajo Operativo de las comisarías y conocimiento del jefe de la Sub DDI de Florencio Varela. Hasta el momento no se habían informado detenidos. Los investigadores procuran identificar a los ocupantes de la Volkswagen Suran, establecer su participación en el ataque y determinar el móvil del doble homicidio.

La tensión en el barrio aumentó dos días después del ataque. Durante la tarde y la noche del sábado, un grupo de vecinos se concentró frente a una vivienda ubicada a pocos metros del lugar del tiroteo, a la que señalaban informalmente como un supuesto “kiosco narco”. Parte de los presentes prendió fuego el inmueble, que terminó destruido por las llamas. La Policía intervino para dispersar a las personas que permanecían en el lugar.

La existencia de una actividad vinculada con la venta de estupefacientes en esa vivienda tampoco fue confirmada oficialmente hasta el momento. De igual manera, no se había informado sobre detenidos o imputados por el incendio. La investigación deberá determinar si existe alguna relación entre ese inmueble, el ataque contra los tres jóvenes y la hipótesis de una posible confusión de domicilio.

Mientras continúa la pesquisa, el doble homicidio permanece sin detenidos y con varias cuestiones por esclarecer: quiénes fueron los autores materiales, cuál era el verdadero objetivo del ataque, si existió efectivamente una confusión de vivienda y qué relación, si alguna, pudo existir con la presunta actividad de venta de drogas mencionada por vecinos. La información disponible hasta ahora no permite confirmar esa hipótesis como móvil del crimen.

jueves, 13 de agosto de 2026

Cuadernos: un contador de la ex AFIP declaró sobre coincidencias entre los dichos de Clarens y retiros bancarios de empresas investigadas

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º 7 recibió el testimonio de Mariano Barbieri, quien explicó cómo fueron analizados los movimientos bancarios de distintas empresas constructoras. La investigación buscó determinar si las fechas y montos aportados por Ernesto Clarens coincidían con extracciones de dinero registradas por entidades financieras.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º 7 continuó el miércoles 29 de julio de 2026 con el debate oral correspondiente al expediente CFP 9608/2018, caratulado “Fernández, Cristina Elisabet y otros s/ asociación ilícita y otros”, junto con expedientes conexos.

El tribunal está integrado por los jueces Enrique Méndez Signori, Germán Andrés Castelli y Fernando Canero, con Néstor Guillermo Costabel como juez sustituto en la audiencia. La composición coincide con la documentación judicial y con las referencias públicas sobre el debate.

La jornada tuvo como principal testigo al contador Mariano Jorge Barbieri, quien declaró que durante el período investigado se desempeñaba en un área de investigación de la entonces AFIP y que participó, como supervisor, en equipos encargados de analizar información fiscal y bancaria.

La declaración permitió conocer con mayor precisión la metodología utilizada para contrastar información aportada durante la investigación con registros de entidades financieras.

Cómo se analizaron los movimientos bancarios

Según explicó Barbieri, los investigadores recibieron información atribuida a Ernesto Clarens, financista que declaró como imputado colaborador en la causa, en la que se consignaban determinadas empresas, fechas y montos de presuntas entregas de dinero.

A partir de esos datos se elaboró un procedimiento de verificación. Los investigadores identificaban con qué bancos operaban las empresas involucradas y luego solicitaban a las entidades financieras los movimientos de las cuentas correspondientes.

El objetivo era determinar si en la fecha indicada por Clarens existía un movimiento bancario por el mismo importe o por una suma coincidente.

El testigo explicó que los datos utilizados para esa comparación provenían de los propios bancos y que, cuando no encontraban una operación exactamente coincidente en la fecha señalada, revisaban también un período de aproximadamente 30 días anteriores.

La metodología fue definida por el propio testigo como una búsqueda de “concordancias”: coincidencias entre las fechas y los importes consignados en la información aportada a la investigación y las operaciones registradas por los bancos.

Sin embargo, Barbieri fue cuidadoso al explicar el alcance de esos resultados. Según declaró, la existencia de una coincidencia bancaria no implicaba, por sí sola, determinar el destino final del dinero ni establecer quién había recibido los fondos.

De hecho, ante preguntas sobre determinadas operaciones, el contador señaló que no podía realizar inferencias sobre el significado de cheques correlativos u otros patrones que pudieran parecer llamativos.

Las empresas analizadas

Durante la audiencia se exhibieron informes elaborados por los equipos de investigación respecto de distintas empresas y Uniones Transitorias de Empresas (UTE).

Entre las compañías mencionadas aparecen JCR S.A., Luciano S.A., Benito Roggio e Hijos S.A., Green S.A., Alquimac, Vialco S.A., Rovella Carranza S.A., José Cartellone Construcciones Civiles S.A. y Luis Losi S.A.

La identificación de estas compañías coincide con documentación incorporada al expediente y con el requerimiento de elevación a juicio del Ministerio Público Fiscal.

En particular, la documentación judicial identifica correctamente a Jorge Sergio Benolol como integrante de JCR S.A. y lo vincula procesalmente con hechos de presunto cohecho activo investigados en el expediente.

Un ejemplo de coincidencia bancaria

Uno de los documentos exhibidos durante la audiencia correspondió a JCR S.A.

Según se explicó en la sala, la información atribuida a Clarens señalaba un movimiento de $1 millón con fecha 24 de octubre de 2013. Al contrastar ese dato con la información bancaria, los investigadores encontraron un retiro por ese importe.

La documentación exhibida durante la audiencia fue reconocida por Barbieri y se verificó su firma como supervisor del informe. La crónica publicada por LA NACION ese mismo día también consignó ese movimiento y señaló que había sido realizado por Jorge Sergio Benolol, vinculado a JCR S.A.

El punto resulta relevante desde el punto de vista probatorio porque permite observar el mecanismo utilizado por la investigación: un dato proveniente de una declaración fue comparado con documentación bancaria independiente.

No obstante, esa coincidencia debe ser interpretada dentro del conjunto de la prueba y no como demostración automática de que el dinero correspondiera a un soborno.

También hubo información bancaria incompleta

Otro aspecto destacado de la declaración fue que no todas las entidades financieras respondieron de manera completa a los requerimientos.

Barbieri explicó que los informes dejaban constancia de aquellos bancos que no habían remitido la información solicitada. Por ese motivo, los registros obtenidos no necesariamente constituían un universo completo de todas las operaciones que podrían haber existido.

En uno de los pasajes de la audiencia, ante la pregunta acerca de si podían existir otros retiros que no hubieran quedado registrados en los informes por falta de respuesta de determinadas entidades, el testigo respondió afirmativamente.

Esta aclaración resulta relevante para evaluar el valor probatorio de los informes: la investigación permitió corroborar determinados movimientos, pero no puede sostenerse a partir de esta declaración que se haya reconstruido la totalidad de las operaciones bancarias de todas las empresas analizadas.

Qué relación tiene esta prueba con la acusación

La causa investiga una presunta estructura de recaudación ilegal vinculada con funcionarios públicos y empresarios durante los gobiernos kirchneristas.

Según la acusación que llegó a juicio, la hipótesis fiscal sostiene que existió una asociación ilícita destinada a organizar un sistema de recaudación de dinero proveniente de empresarios que realizaban negocios con el Estado.

En la estructura atribuida por la acusación, Cristina Elisabet Fernández fue señalada como presunta jefa; Julio Miguel De Vido y Roberto Baratta, entre otros, fueron ubicados como presuntos organizadores; mientras que otras personas fueron acusadas de integrar la organización. Esa calificación surge de resoluciones judiciales vinculadas con el expediente.

Además de la asociación ilícita, la acusación contempla distintos hechos que podrían constituir cohecho activo y cohecho pasivo.

En términos sencillos, el cohecho consiste, según el caso, en la entrega o recepción de dinero u otra dádiva vinculada con la actuación de un funcionario público. En esta causa, la hipótesis acusatoria sostiene que determinados empresarios habrían entregado dinero y que funcionarios habrían recibido esos fondos a cambio de realizar u omitir actos relacionados con sus funciones.

Es importante remarcar que se trata de acusaciones que deben ser demostradas en el juicio. La existencia de una imputación o de un procesamiento no equivale a una condena.

¿Qué significa “asociación ilícita”?

La figura de asociación ilícita, prevista en el artículo 210 del Código Penal, requiere algo diferente de la comisión aislada de un delito.

La acusación debe demostrar la existencia de una organización o acuerdo estable entre varias personas destinado a cometer delitos, además de determinar el grado de participación que habría tenido cada imputado.

En este proceso, la acusación intenta demostrar que los distintos episodios de presuntos pagos no fueron hechos independientes, sino parte de un mecanismo organizado y sostenido en el tiempo.

Por eso tienen importancia elementos de prueba de naturaleza diferente: declaraciones de imputados colaboradores, anotaciones de Oscar Centeno, documentación bancaria, informes contables, comunicaciones, documentación empresarial y otros elementos incorporados al expediente.

Los cuadernos y otras pruebas

Uno de los principales elementos de la investigación son los manuscritos atribuidos al exchofer Oscar Centeno, que dieron origen a la causa conocida públicamente como “Cuadernos”.

Antes del inicio del juicio, el Tribunal Oral Federal N.º 7 incorporó una pericia de Gendarmería que concluyó que los cuadernos originales identificados como 1, 2, 4, 6, 7 y 8 correspondían con sus respectivas copias digitales y que la escritura había sido realizada por Centeno. El peritaje también dejó constancia de la ausencia del original del cuaderno número 5 y de determinadas tachaduras y enmiendas cuya autoría no pudo establecerse.

La prueba documental, por lo tanto, no se limita a los cuadernos.

La declaración de Barbieri aporta otro componente: la posibilidad de contrastar determinados datos contenidos en las declaraciones de los imputados colaboradores con registros producidos independientemente por entidades bancarias.

Ese contraste constituye uno de los elementos que el tribunal deberá valorar junto con el resto de las pruebas.

Una declaración con límites

Uno de los aspectos más relevantes del testimonio de Barbieri fue precisamente el reconocimiento de los límites de su trabajo.

El contador explicó que su función consistió en recopilar y documentar movimientos financieros, no en determinar si esos movimientos constituían sobornos ni establecer cuál había sido el destino final del dinero.

En palabras de la propia declaración, los informes consignaban los movimientos bancarios recibidos y las coincidencias detectadas, pero sin efectuar necesariamente una conclusión sobre la finalidad de cada extracción.

Esto adquiere especial importancia en términos judiciales: una extracción de efectivo puede constituir una evidencia de que el dinero fue retirado, pero para transformarse en prueba de un delito debe ser relacionada con otros elementos que permitan establecer su origen, finalidad, destinatario y vínculo con la conducta atribuida a los acusados.

El alcance de la audiencia

La jornada no produjo por sí misma una nueva condena ni una resolución definitiva sobre la responsabilidad de los acusados.

El tribunal continúa desarrollando el debate oral, durante el cual las partes pueden interrogar a los testigos, cuestionar la evidencia presentada y ofrecer sus propias interpretaciones de los elementos incorporados.

La causa CFP 9608/2018 constituye el expediente central de un proceso mucho más amplio, acompañado por causas conexas. El juicio comenzó formalmente el 6 de noviembre de 2025 y tiene como acusados a Cristina Fernández de Kirchner, exfuncionarios y empresarios vinculados con la investigación sobre presuntos pagos ilegales relacionados con contratos de obra pública.

La declaración del contador Mariano Barbieri aportó, en ese contexto, un dato concreto: la investigación encontró coincidencias entre algunas fechas y montos atribuidos por Ernesto Clarens y determinados retiros de dinero registrados por los bancos.

El alcance definitivo de esas coincidencias —y si permiten demostrar, junto con las demás pruebas, la existencia de los delitos atribuidos y la responsabilidad individual de cada acusado— deberá ser determinado por el Tribunal Oral Federal N.º 7 al momento de valorar integralmente la prueba producida durante el debate.

Diputado Jairo Guzmán denunció una amenaza de agresión por parte de la diputada Luana Volnovich

El diputado nacional de La Libertad Avanza por la provincia de Buenos Aires, Jairo Guzmán, denunció públicamente que la diputada nacional Luana Volnovich, vinculada al kirchnerismo, lo habría amenazado con agredirlo físicamente durante una situación ocurrida en el ámbito de la Cámara de Diputados de la Nación.

Según manifestó Guzmán en declaraciones difundidas a través de sus redes sociales, el episodio habría ocurrido durante una transmisión en vivo y habría quedado expuesto posteriormente en el canal Todo Noticias (TN). El legislador sostuvo que Volnovich utilizó la expresión “cagarme a trompadas” al dirigirse hacia él.

“En TN expusieron a la diputada kirchnerista Luana Volnovich por amenazarme con cagarme a trompadas, ¡en diputados y en vivo!”, afirmó Guzmán al referirse al episodio.

El diputado también cuestionó las declaraciones públicas realizadas por Volnovich en relación con las formas y el comportamiento político del presidente Javier Milei. En ese sentido, Guzmán sostuvo que existe una contradicción entre esas críticas y la conducta que atribuye a la legisladora durante el episodio.

La denuncia del legislador se produce en el marco de las habituales tensiones y cruces políticos que se registran entre los distintos bloques de la Cámara de Diputados.


Hasta tanto se conozca la totalidad de las imágenes y el contexto en el que se produjo el intercambio, las expresiones atribuidas a Volnovich deben entenderse como una denuncia formulada públicamente por Guzmán. La determinación precisa de lo ocurrido requiere considerar el registro audiovisual completo y las eventuales explicaciones de ambas partes.

El episodio volvió a poner en el centro del debate el comportamiento de los legisladores durante las sesiones y los límites que deberían observarse en los intercambios políticos dentro del Congreso de la Nación.

jueves, 6 de agosto de 2026

Denuncian desvios millonarios del Hospital Bonaerense El Dique

La emisión y liquidación sistemática de planillas de giros presupuestarios correspondientes a guardias médicas en un establecimiento de salud pública que carece formalmente de dicho servicio configura el centro de una investigación sobre presunta malversación de fondos en la Provincia de Buenos Aires. 

La maniobra revelada por la periodista Josefina López Mac Kenzie , detectada en el Hospital Especializado en Rehabilitación El Dique, ubicado en la localidad de Ensenada, involucra la erogación mensual de entre 40 y 50 millones de pesos bajo el concepto de prestaciones no realizadas. 

Documentación administrativa del Ministerio de Salud provincial correspondiente al primer semestre de 2026 evidencia que la dirección ejecutiva de la institución, encabezada por la Dra. María de las Nieves Yezzi Herrera, rindió y solicitó la certificación de más de un centenar de módulos de guardia mensuales atribuibles a personal profesional, pese a que la propia estructura prestacional del nosocomio no contempla la atención médica de urgencia. 

La gravedad del hecho radica en la afectación directa de recursos públicos del sistema sanitario bonaerense y en la eventual falla de los mecanismos institucionales de auditoría y control concomitante.

Antecedentes e inserción institucional de la entidad afectada

El Hospital El Dique es un centro asistencial dependiente de la cartera sanitaria bonaerense cuya misión rectora es la atención subaguda, rehabilitación física y readecuación funcional de pacientes con patologías neurológicas, traumatológicas u osteoarticulares severas. A diferencia de las instituciones hospitalarias generales de agudos, los establecimientos de rehabilitación operan bajo esquemas de turnos programados en consultorios externos y regímenes de internación de media y larga estancia. Por diseño de red sanitaria, carecen de salas de shock room, unidades de terapia intensiva de emergencia y servicios de guardia activa o pasiva para la recepción de demanda espontánea.

El contexto en el que salen a la luz estas inconsistencias se enmarca en discusiones recurrentes sobre la eficiencia en la asignación del gasto público en la Provincia de Buenos Aires y la vulnerabilidad de los sistemas informáticos y administrativos de rendición de cuentas. Antecedentes recientes en la administración pública provincial han puesto de relieve la persistencia de mecanismos informales de desvío de partidas salariales o complementarias mediante la inclusión de nóminas adulteradas o la acreditación de funciones no ejecutadas, un fenómeno que genera un severo perjuicio fiscal al erario público.

Definición y funcionamiento de los conceptos clave del caso

Para comprender el alcance de las irregularidades investigadas, resulta indispensable precisar el marco operativo y financiero bajo el cual se rigen los servicios asistenciales en el ámbito provincial:

  • Módulo de Guardia Médica: Es la asignación económica retributiva que percibe el profesional de la salud por cubrir turnos de atención continua de urgencia o emergencia (habitualmente de 12 o 24 horas). Su valor se encuentra tarifado por normativa oficial, con diferenciales según se trate de días hábiles o días feriados y fines de semana.

  • Planilla de Rendición y Liquidación: Documento administrativo que reviste carácter de declaración jurada, emitido mensualmente por la autoridad ejecutiva de cada hospital. En este registro se consignan los nombres, números de legajo, fechas y tipo de guardia realizada por cada agente, constituyendo el insumo indispensable para que la Contaduría del Ministerio de Salud autorice la transferencia de fondos.

  • Atención Subaguda vs. Guardia Activa: La atención subaguda refiere al tratamiento interdisciplinario de evolución lenta en pacientes estables, mientras que la guardia activa exige la presencia física ininterrumpida de personal preparado para responder ante emergencias vitales con riesgo de vida inminente.

  • Nepotismo e Incompatibilidad en la Función Pública: Designación o promoción de familiares y allegados en la estructura estatal por parte de funcionarios de rango directivo, contraviniendo los principios de equidad, transparencia y concurso de méritos que deben regir el acceso al empleo público.

Contrastación de hechos comprobados, denuncias internas y postura de los actores

El análisis documental y de campo permite desglosar las pruebas verificables de las afirmaciones en proceso de verificación:

Hechos comprobados por documentación oficial

  • Rendiciones correspondientes a mayo de 2026: Con fecha 17 de junio de 2026, la dirección del hospital tramitó una rendición por $45.477.032 correspondientes a 133 guardias realizadas por 30 profesionales, complementada por un expediente adicional de $10.452.454 por otras 36 guardias adjudicadas a 9 personas. El total liquidado ascendió a $55.929.486.

  • Sostenibilidad en el tiempo: Las planillas del primer semestre ratifican la regularidad del mecanismo. En abril se declararon 127 guardias ($42.620.527,50 para 40 agentes); en mayo, 123 guardias ($41.500.067,50 para 28 agentes); y en julio, 126 guardias ($42.325.057,00 para 36 agentes).

  • Inexistencia operativa del servicio: La página web oficial de la institución explicita que el hospital no ofrece servicio de guardia. Asimismo, en constataciones presenciales realizadas en el área de admisión del establecimiento, el personal administrativo confirmó formalmente la ausencia de atención de emergencias.

Señalamientos e hipótesis en investigación

  • Designación de nóminas vinculadas: Circulan en la plantilla interna del nosocomio denuncias relativas al nombramiento de al menos 27 personas con vínculos de parentesco directos e indirectos con el equipo directivo —integrado por Yezzi Herrera y los directores asociados Martín Guardia y Yamila Nicora— en puestos administrativos, de logística y de apoyo técnico.

  • Destino final de los fondos: Resta determinar judicial e institucionalmente el circuito financiero posterior a la liquidación de las partidas: si los profesionales registrados percibieron efectivamente las sumas para sí, si existió un esquema de retorno de haberes o si se utilizaron identidades profesionales sin el consentimiento de los titulares.

Respuesta institucionales

Requeridas formalmente para ofrecer explicaciones sobre los hallazgos documentales y las denuncias de nepotismo, las autoridades directivas del Hospital El Dique optaron por no emitir declaraciones ni brindar acceso a las dependencias administrativas.


 

Marco legal e institucional aplicable

El esquema expuesto podría encuadrarse en diversas figuras tipificadas dentro del Código Penal de la Nación Argentina, así como en violaciones a regímenes administrativos provinciales:

  • Código Penal (Artículos 174 inc. 5, 260 y 261): Definen los delitos de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, malversación de caudales públicos (dar a los fondos un destino diferente al asignado) y peculado (sustracción de caudales cuya administración fue confiada por razón del cargo).

  • Ley Provincial de Empleo Público (Ley 10.430) y Carrera Profesional Hospitalaria (Ley 10.471): Regulan las condiciones de ingreso, las obligaciones de prestación efectiva del servicio y el régimen de sanciones disciplinarias frente al incumplimiento de deberes de funcionario público.

  • Órganos de Contralor Estatal: Corresponde al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires y a la Contaduría General de la Provincia ejercer la fiscalización posterior y concomitante del gasto, con potestad para fijar cargos de deudor e iniciar juicios de cuenta. Asimismo, el Ministerio de Salud provincial ostenta la facultad jerárquica para ordenar la instrucción de sumarios administrativos e intervenir la conducción del nosocomio.

Evaluación del impacto socioeconómico e institucional

Las repercusiones de estas irregularidades trascienden el plano puramente financiero, generando efectos en múltiples dimensiones:

  • Impacto Financiero: La erogación proyectada de montos cercanos a los $600 millones anuales por servicios no prestados en una sola unidad hospitalaria representa una detracción directa de recursos en un sistema sanitario caracterizado por restricciones presupuestarias y carencias edilicias o de insumos básicos.

  • Impacto Sanitario y Social: La distorsión en la asignación de recursos altera la equidad del sistema de salud. Fondos presupuestados para la cobertura de emergencias terminan siendo absorbidos por circuitos administrativos irregulares, desatendiendo necesidades reales de infraestructura o de contratación de personal en áreas críticas.

  • Impacto Institucional: La falla en los filtros de validación ministerial debilita la confianza en las instituciones públicas y pone en cuestionamiento la eficacia de los sistemas informatizados de liquidación de haberes del Estado bonaerense, evidenciando una supervisión insuficiente sobre las autoridades ejecutoras de gasto.

Perspectivas y escenarios futuros

El esclarecimiento de los hechos expuestos dependerá de la celeridad con la que actúen los organismos de control y el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires. La apertura de una investigación penal de oficio por parte de las fiscalías del departamento judicial de La Plata, sumada a una auditoría integral por parte del Ministerio de Salud provincial, asoman como los pasos procedimentales inmediatos para determinar la trazabilidad de los fondos giros y deslindar las responsabilidades individuales de los funcionarios firmantes.

Permanecen como interrogantes centrales la identificación de la red de beneficiarios finales de los giros dinerarios, la revisión de los controles internos que permitieron la validación mensual de los pagos durante períodos prolongados y las eventuales medidas preventivas o disciplinarias que adoptará el Ejecutivo provincial sobre las autoridades del Hospital El Dique.

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