En un fallo reciente ( Expte. N° FRE 13175/2022/CA1 provenientes del Juzgado Federal N° 1 de Resistencia (CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA 13175/2022) ), la Cámara Federal de Resistencia confirmó una sentencia que obliga al Servicio Penitenciario Federal (SPF) a trasladar a Facundo Adrián Velázquez a la Unidad Penal N° 7 en Resistencia, Chaco. El traslado se debe a que su hijo menor, quien vive en esa localidad junto a su madre, sufre de trastorno del espectro autista (TEA), una condición que, según informes médicos, ha empeorado debido a la separación física del padre.
El fallo destaca que la salud del niño es una prioridad constitucional, y el tribunal enfatizó el Interés Superior del Niño, un principio consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño. A pesar de las facultades discrecionales del SPF para organizar a su personal, la jueza determinó que el bienestar del menor debe prevalecer sobre las políticas internas del organismo. El fallo sostiene que mantener la cercanía entre padre e hijo es crucial para evitar secuelas irreparables en el desarrollo del menor.
El fallo fue apelado por el SPF, argumentando que la vía judicial utilizada (amparo) era inapropiada, y que el fallo carecía de suficiente fundamentación. Sin embargo, la Cámara rechazó los argumentos del SPF y ratificó la decisión del tribunal de primera instancia.
Este caso subraya la importancia de los derechos de los niños y establece un precedente en cuanto a la obligación del Estado de velar por la salud y el bienestar de los menores, incluso cuando esto implica modificaciones en la distribución del personal en instituciones públicas.
Fallo: VELAZQUEZ, FACUNDO ADRIAN c/ SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL
s/AMPARO LEY 16.986
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