" La Justicia de Entre Ríos revocó una sanción contra un agente policial que había reclamado en duros términos a sus superiores por las reiteradas postergaciones en ascensos y los puntajes asignados a sus méritos.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 2 de Concepción del Uruguay revocó una sanción contra un agente policial que había reclamado en duros términos a sus superiores por las reiteradas postergaciones en ascensos y los puntajes asignados a sus méritos.
Se trata de una demanda contencioso administrativa contra el Poder Ejecutivo Provincial y/o Estado Provincial, con el objetivo de obtener la nulidad de la resolución de la Dirección de Asuntos Internos de la Policía de Entre Ríos que dispuso la instrucción de un sumario administrativo contra el actor, quien se desempeñaba como comisario principal.
Desde el Estado entrerriano afirmaron que el actor optó por descalificar mediante la utilización de términos sumamente agraviantes la actuación de la Junta de Calificaciones nº 1. Según consta en la causa, el agente remarcó diferentes “errores” cometidos en el análisis objetivo de las calificaciones que lo perjudican y alegó “total de equidad, justicia y parcialidad”.
En este marco, los jueces María Fernanda Erramuspe y Mariano Alberto López destacaron que el agente policial “ejercitó su libertad de expresión que debe garantizarse no sólo en cuanto a la difusión de ideas e informaciones recibidas favorablemente o consideradas inofensivas o indiferentes, sino también en cuanto a las que ofenden, chocan, inquietan, resultan ingratas o perturban al Estado o a cualquier sector de la población”.
“Así lo exigen el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura, sin los cuales no existe una sociedad democrática”, sostuvo el tribunal y añadió: “El funcionamiento de la democracia exige el mayor nivel posible de discusión pública sobre el funcionamiento de la sociedad y del Estado en todos sus aspectos, esto es, sobre los asuntos de interés público”.
E. S. R. C/ ESTADO PROVINCIAL S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (SENTENCIA.pdf) "
lunes, 7 de febrero de 2022
Libertad de expresión sin esposas
Suscribirse a:
Comentarios de la entrada (Atom)
Entradas populares
-
Diversas demandas judiciales están derivando en acciones por parte de la justicia del fuero contencioso administrativo federal en el giro a...
-
El 7 de agosto, Jorge Taranto , un ciudadano que ha expresado el cuestionable manejo judicial de su denuncia, presentó una acusación penal c...
-
En un esfuerzo por abordar posibles irregularidades en la gestión de los Registros del Automotor a nivel nacional, el Ministerio de Justici...
No hay comentarios.:
Publicar un comentario