El Poder Ejecutivo avanza, en estricto sigilo, con un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que deroga la ley orgánica de 1958 y declara a la Policía Federal Argentina (PFA) en “estado de emergencia” durante dos años. La medida —impulsada por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, y que el presidente Javier Milei terminaría de firmar a su regreso del exterior— concentra amplias facultades de reorganización y habilita detenciones de hasta diez horas a quienes no acrediten identidad, así como requisas y vigilancia digital sin orden judicial. Expertos advierten que el procedimiento escogido margina a los principales afectados —el personal policial— y erosiona pilares básicos del sistema democrático.
Según revela el portal Urgente24 los documentos serían parte del EX-2025-58563991- -APN-SSN#MSG.
El atajo del DNU y la falta de deliberación
La Constitución exige que toda reforma de rango legal pase por el Congreso, salvo “circunstancias excepcionales”. Sin embargo, el Gobierno acudió al DNU poco antes de que venza, el 8 de julio, la delegación de facultades legislativas otorgada por la Ley Bases. Al tratarse de una reestructuración —sin una contingencia imprevisible— penalistas y legisladores señalan un posible exceso de poder reglamentario y, en consecuencia, la vulneración del principio de reserva de ley. Además, la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo sólo puede convalidar o rechazar el decreto a posteriori, cuando sus efectos ya estarán operando.
Democracia interna y derechos del personal
La reforma faculta al Ministerio a rediseñar escalafones, limitar el cupo de suboficiales y crear programas de ingreso “específicos para universitarios”, todo sin consulta previa ni negociación con los cuadros actuales. Sindicarse o participar en paritarias sigue vedado para el personal de seguridad; por ello, disponer unilateralmente de sus condiciones de trabajo y carrera supone, según juristas laboralistas, “una afectación directa a la libertad de asociación y al derecho a la participación en los asuntos que los conciernen” reconocidos por los convenios 87 y 98 de la OIT. El decreto también habilita contrataciones directas y traslados sin licitación, prácticas que, para especialistas en administración pública, “consolidan un esquema de mando vertical ajeno a los contrapesos propios de una democracia deliberativa”.
Facultades controvertidas: detención, requisas y ciberpatrullaje
El borrador conserva la cláusula que autoriza a demorar hasta diez horas a quien no acredite identidad, figura comparable a la “averiguación de antecedentes” que la jurisprudencia consideró lesiva de libertades fundamentales durante la década de 1990. También permite requisas personales o de vehículos sin orden judicial cuando “no fuere posible esperar” o “existieran circunstancias que razonablemente permitan presumir” un delito. Para Fernando Carbajal, exjuez federal y diputado de la UCR, “es una vuelta al paradigma preconstitucional de detención preventiva sin control jurisdiccional”.
En cuanto al inciso 11 del artículo 6, la PFA podrá realizar “tareas de prevención del delito en espacios públicos digitales” sin autorización judicial. Organizaciones de derechos digitales advierten que, sin parámetros objetivos, la medida habilita un ciberpatrullaje masivo que roza la vigilancia indiscriminada.
El argumento oficial y las réplicas
El Ministerio de Seguridad sostiene que la norma moderniza una ley “obsoleta” ante delitos complejos, inspira su modelo en el FBI y la Policía Federal de Brasil, y fija garantías explícitas: notificación inmediata al juez de turno, comunicación con familiares y separación física de demorados y detenidos.
Sin embargo, constitucionalistas responden que el problema no reside sólo en el contenido, sino en el proceso: dictar normas que afectan el núcleo de los derechos ciudadanos y laborales sin deliberación parlamentaria ni participación de quienes deberán ejecutarlas compromete el principio republicano de separación de poderes y la tutela judicial efectiva.
¿Qué puede pasar ahora?
Una vez publicado el DNU, la Bicameral Permanente tiene diez días hábiles para analizarlo y elevar dictamen; luego, ambas cámaras deberán pronunciarse. Mientras tanto, las nuevas reglas estarán vigentes. Distintas organizaciones civiles preparan acciones judiciales y no se descarta que asociaciones de retirados policiales —uno de los pocos espacios donde el personal puede expresarse— cuestionen la reforma por lesionar derechos adquiridos.
Conclusión. El debate ya no es sólo sobre seguridad, sino sobre la calidad democrática: gobernar mediante decretos en materia penal y laboral, sin diálogo interno ni externo, erosiona la legitimidad institucional y deja a los agentes —pilar operativo del sistema— sin voz en decisiones que modelarán su futuro profesional y su relación con la ciudadanía.
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