miércoles, 9 de abril de 2025

El control judicial como garantía del Estado de Derecho ante resoluciones ministeriales de dudosa legalidad (o porqué Patricia Bullrich debe controlar sus resoluciones)

La justicia suspendió parcialmente una resolución del Ministerio de Seguridad que restringía el derecho a la educación en contexto de encierro. El caso expone la necesidad de un control estricto sobre actos administrativos que afectan derechos fundamentales.

En una decisión reciente de alto impacto institucional, el juez Mariano Iturralde resolvió suspender de forma provisoria el artículo 2 de la Resolución 372/2025 del Ministerio de Seguridad de la Nación, firmada por la ministra Patricia Bullrich. Dicha norma prohibía a las personas privadas de libertad permanecer en los centros educativos carcelarios fuera del horario de clases, limitando así el acceso a actividades esenciales para su formación académica. La intervención judicial no sólo tuvo efectos concretos en defensa del derecho a la educación, sino que puso en evidencia las incongruencias que pueden surgir en resoluciones administrativas emitidas sin un adecuado control de legalidad.

La resolución judicial fue motivada por una medida cautelar presentada por la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN), junto a organismos de derechos humanos. El juez consideró que la aplicación del artículo en cuestión tenía la potencialidad de afectar de manera irreparable los derechos de los estudiantes detenidos, en tanto imposibilitaba el estudio autónomo, el acceso a bibliografía, el uso de computadoras y otras prácticas esenciales en la vida académica.

Más allá del caso concreto, el episodio revela un patrón preocupante: la emisión de resoluciones ministeriales que, bajo el pretexto de mejorar la eficiencia institucional, generan restricciones desproporcionadas a derechos reconocidos constitucional e internacionalmente. La normativa suspendida, por ejemplo, no fue acompañada de un estudio de impacto, ni contó con instancias de consulta con organismos especializados en educación o derechos humanos. A ello se suma el hecho de que, según argumentó el propio Ministerio, la decisión respondía a supuestas observaciones administrativas sobre el uso extendido de los espacios educativos, sin considerar el valor pedagógico ni el contexto de encierro.

El control judicial de estas medidas resulta entonces no sólo pertinente, sino necesario para preservar el equilibrio entre las facultades del Poder Ejecutivo y el respeto al principio de legalidad. En un Estado de Derecho, toda actuación administrativa debe estar sujeta a la Constitución y a los tratados internacionales vigentes, especialmente cuando afectan derechos humanos de poblaciones vulnerables, como las personas privadas de libertad.

La falta de control previo en este tipo de decisiones no es un hecho aislado. En los últimos años, diversas resoluciones ministeriales en materia de seguridad han sido cuestionadas en sede judicial por contradecir normativas superiores, carecer de fundamentos suficientes o restringir derechos sin proporcionalidad ni razonabilidad. En muchos casos, estas normas no pasan por el Congreso ni por órganos de control, lo que amplifica los riesgos institucionales.

La justicia, en este sentido, no usurpa funciones del Ejecutivo, sino que actúa como garante de que las decisiones se ajusten al marco jurídico vigente. Como advirtió el juez Iturralde, la limitación impuesta por la resolución ministerial “tenía entidad para ocasionar serios obstáculos y retrasos en la carrera académica” de los estudiantes, lo que justificó su suspensión inmediata.

En su decisión, el magistrado también instó al Servicio Penitenciario Federal y a las autoridades académicas a elaborar un plan de contingencia que regule adecuadamente el uso de los espacios de estudio. Esta articulación entre poderes y organismos especializados representa un ejemplo de cómo es posible compatibilizar el orden institucional con la protección efectiva de los derechos.

Por último, el caso evidencia que el ejercicio del poder administrativo no puede desentenderse de sus consecuencias sociales y jurídicas. La legalidad no es una formalidad burocrática: es la base del respeto a los derechos y del control democrático sobre quienes ejercen funciones públicas. En tiempos donde las decisiones ministeriales pueden impactar de forma directa en libertades esenciales, el rol del Poder Judicial se reafirma como un pilar del sistema republicano.

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