sábado, 23 de mayo de 2026

Cuestionan designaciones excepcionales en el Ministerio del Interior por su impacto en la calidad institucional

La reciente Resolución Nº 130/2026 del Ministerio del Interior volvió a colocar en debate la utilización de designaciones transitorias con carácter excepcional dentro de la Administración Pública Nacional, en un contexto en el que distintos sectores vienen reclamando mayor apego a los mecanismos institucionales y a los procedimientos de selección establecidos por la normativa vigente.

La medida, firmada por el ministro Diego César Santilli y publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina el 22 de mayo de 2026, dispuso la designación transitoria de Lucila Andrea Poleri como directora de la Dirección de Administración de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos de la Subsecretaría de Gestión Administrativa de la Secretaría de Coordinación Legal y Administrativa del Ministerio del Interior.

La resolución establece que la funcionaria ocupará el cargo por un plazo de ciento ochenta días hábiles, con un Nivel B – Grado 0 del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), incluyendo además el pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel III. Sin embargo, el aspecto que generó cuestionamientos institucionales radica en que la designación fue realizada “con carácter de excepción” respecto de las disposiciones del artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08.

El texto oficial fundamenta la decisión en las facultades otorgadas por el Decreto Nº 958/24 y señala que el cargo deberá ser cubierto posteriormente mediante los mecanismos de selección previstos en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII del SINEP. No obstante, especialistas en administración pública sostienen que la reiteración de nombramientos transitorios excepcionales debilita la previsibilidad institucional y erosiona la confianza pública en los sistemas de acceso al empleo estatal basados en concursos y criterios objetivos.

La normativa mencionada involucra además a distintos organismos y dependencias estatales, entre ellos la Jefatura de Gabinete de Ministros, la Secretaría de Coordinación Legal y Administrativa, la Subsecretaría de Gestión Administrativa, la Dirección Nacional de Diseño Organizacional y la Dirección Nacional de Sistemas y Estadísticas de Empleo Público y Política Salarial.

Analistas en materia institucional advierten que el uso frecuente de excepciones administrativas puede transmitir una señal contradictoria respecto de la transparencia y del cumplimiento de las normas que el propio Estado establece para la cobertura de cargos públicos. En particular, remarcan que los concursos y procesos de selección abiertos constituyen herramientas centrales para garantizar igualdad de oportunidades, profesionalización del empleo público y control sobre la discrecionalidad política.

Asimismo, sostienen que cuando las excepciones dejan de ser extraordinarias y se transforman en una práctica recurrente, se produce un deterioro en la credibilidad de las instituciones y en la percepción ciudadana sobre la imparcialidad del Estado. Esa situación, indican, impacta tanto en la confianza hacia el gobierno nacional como en la legitimidad de los organismos encargados de administrar los recursos humanos del sector público.

La resolución fue emitida en la Ciudad de Buenos Aires el 20 de mayo de 2026, en el marco del Expediente EX-2026-17324841-APN-DGDYLI#JGM, y cita además la Ley Nº 27.798, el Decreto Nº 50/19 y el Decreto Nº 85/26, normas vinculadas a la estructura organizativa y presupuestaria de la Administración Nacional.

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