La emisión y liquidación sistemática de planillas de giros presupuestarios correspondientes a guardias médicas en un establecimiento de salud pública que carece formalmente de dicho servicio configura el centro de una investigación sobre presunta malversación de fondos en la Provincia de Buenos Aires.
La maniobra revelada por la periodista Josefina López Mac Kenzie , detectada en el Hospital Especializado en Rehabilitación El Dique, ubicado en la localidad de Ensenada, involucra la erogación mensual de entre 40 y 50 millones de pesos bajo el concepto de prestaciones no realizadas.
Documentación administrativa del Ministerio de Salud provincial correspondiente al primer semestre de 2026 evidencia que la dirección ejecutiva de la institución, encabezada por la Dra. María de las Nieves Yezzi Herrera, rindió y solicitó la certificación de más de un centenar de módulos de guardia mensuales atribuibles a personal profesional, pese a que la propia estructura prestacional del nosocomio no contempla la atención médica de urgencia.
La gravedad del hecho radica en la afectación directa de recursos públicos del sistema sanitario bonaerense y en la eventual falla de los mecanismos institucionales de auditoría y control concomitante.
Antecedentes e inserción institucional de la entidad afectada
El Hospital El Dique es un centro asistencial dependiente de la cartera sanitaria bonaerense cuya misión rectora es la atención subaguda, rehabilitación física y readecuación funcional de pacientes con patologías neurológicas, traumatológicas u osteoarticulares severas. A diferencia de las instituciones hospitalarias generales de agudos, los establecimientos de rehabilitación operan bajo esquemas de turnos programados en consultorios externos y regímenes de internación de media y larga estancia. Por diseño de red sanitaria, carecen de salas de shock room, unidades de terapia intensiva de emergencia y servicios de guardia activa o pasiva para la recepción de demanda espontánea.
El contexto en el que salen a la luz estas inconsistencias se enmarca en discusiones recurrentes sobre la eficiencia en la asignación del gasto público en la Provincia de Buenos Aires y la vulnerabilidad de los sistemas informáticos y administrativos de rendición de cuentas. Antecedentes recientes en la administración pública provincial han puesto de relieve la persistencia de mecanismos informales de desvío de partidas salariales o complementarias mediante la inclusión de nóminas adulteradas o la acreditación de funciones no ejecutadas, un fenómeno que genera un severo perjuicio fiscal al erario público.
Definición y funcionamiento de los conceptos clave del caso
Para comprender el alcance de las irregularidades investigadas, resulta indispensable precisar el marco operativo y financiero bajo el cual se rigen los servicios asistenciales en el ámbito provincial:
Módulo de Guardia Médica: Es la asignación económica retributiva que percibe el profesional de la salud por cubrir turnos de atención continua de urgencia o emergencia (habitualmente de 12 o 24 horas). Su valor se encuentra tarifado por normativa oficial, con diferenciales según se trate de días hábiles o días feriados y fines de semana.
Planilla de Rendición y Liquidación: Documento administrativo que reviste carácter de declaración jurada, emitido mensualmente por la autoridad ejecutiva de cada hospital. En este registro se consignan los nombres, números de legajo, fechas y tipo de guardia realizada por cada agente, constituyendo el insumo indispensable para que la Contaduría del Ministerio de Salud autorice la transferencia de fondos.
Atención Subaguda vs. Guardia Activa: La atención subaguda refiere al tratamiento interdisciplinario de evolución lenta en pacientes estables, mientras que la guardia activa exige la presencia física ininterrumpida de personal preparado para responder ante emergencias vitales con riesgo de vida inminente.
Nepotismo e Incompatibilidad en la Función Pública: Designación o promoción de familiares y allegados en la estructura estatal por parte de funcionarios de rango directivo, contraviniendo los principios de equidad, transparencia y concurso de méritos que deben regir el acceso al empleo público.
Contrastación de hechos comprobados, denuncias internas y postura de los actores
El análisis documental y de campo permite desglosar las pruebas verificables de las afirmaciones en proceso de verificación:
Hechos comprobados por documentación oficial
Rendiciones correspondientes a mayo de 2026: Con fecha 17 de junio de 2026, la dirección del hospital tramitó una rendición por $45.477.032 correspondientes a 133 guardias realizadas por 30 profesionales, complementada por un expediente adicional de $10.452.454 por otras 36 guardias adjudicadas a 9 personas. El total liquidado ascendió a $55.929.486.
Sostenibilidad en el tiempo: Las planillas del primer semestre ratifican la regularidad del mecanismo. En abril se declararon 127 guardias ($42.620.527,50 para 40 agentes); en mayo, 123 guardias ($41.500.067,50 para 28 agentes); y en julio, 126 guardias ($42.325.057,00 para 36 agentes).
Inexistencia operativa del servicio: La página web oficial de la institución explicita que el hospital no ofrece servicio de guardia. Asimismo, en constataciones presenciales realizadas en el área de admisión del establecimiento, el personal administrativo confirmó formalmente la ausencia de atención de emergencias.
Señalamientos e hipótesis en investigación
Designación de nóminas vinculadas: Circulan en la plantilla interna del nosocomio denuncias relativas al nombramiento de al menos 27 personas con vínculos de parentesco directos e indirectos con el equipo directivo —integrado por Yezzi Herrera y los directores asociados Martín Guardia y Yamila Nicora— en puestos administrativos, de logística y de apoyo técnico.
Destino final de los fondos: Resta determinar judicial e institucionalmente el circuito financiero posterior a la liquidación de las partidas: si los profesionales registrados percibieron efectivamente las sumas para sí, si existió un esquema de retorno de haberes o si se utilizaron identidades profesionales sin el consentimiento de los titulares.
Respuesta institucionales
Requeridas formalmente para ofrecer explicaciones sobre los hallazgos documentales y las denuncias de nepotismo, las autoridades directivas del Hospital El Dique optaron por no emitir declaraciones ni brindar acceso a las dependencias administrativas.
Marco legal e institucional aplicable
El esquema expuesto podría encuadrarse en diversas figuras tipificadas dentro del Código Penal de la Nación Argentina, así como en violaciones a regímenes administrativos provinciales:
Código Penal (Artículos 174 inc. 5, 260 y 261): Definen los delitos de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, malversación de caudales públicos (dar a los fondos un destino diferente al asignado) y peculado (sustracción de caudales cuya administración fue confiada por razón del cargo).
Ley Provincial de Empleo Público (Ley 10.430) y Carrera Profesional Hospitalaria (Ley 10.471): Regulan las condiciones de ingreso, las obligaciones de prestación efectiva del servicio y el régimen de sanciones disciplinarias frente al incumplimiento de deberes de funcionario público.
Órganos de Contralor Estatal: Corresponde al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires y a la Contaduría General de la Provincia ejercer la fiscalización posterior y concomitante del gasto, con potestad para fijar cargos de deudor e iniciar juicios de cuenta. Asimismo, el Ministerio de Salud provincial ostenta la facultad jerárquica para ordenar la instrucción de sumarios administrativos e intervenir la conducción del nosocomio.
Evaluación del impacto socioeconómico e institucional
Las repercusiones de estas irregularidades trascienden el plano puramente financiero, generando efectos en múltiples dimensiones:
Impacto Financiero: La erogación proyectada de montos cercanos a los $600 millones anuales por servicios no prestados en una sola unidad hospitalaria representa una detracción directa de recursos en un sistema sanitario caracterizado por restricciones presupuestarias y carencias edilicias o de insumos básicos.
Impacto Sanitario y Social: La distorsión en la asignación de recursos altera la equidad del sistema de salud. Fondos presupuestados para la cobertura de emergencias terminan siendo absorbidos por circuitos administrativos irregulares, desatendiendo necesidades reales de infraestructura o de contratación de personal en áreas críticas.
Impacto Institucional: La falla en los filtros de validación ministerial debilita la confianza en las instituciones públicas y pone en cuestionamiento la eficacia de los sistemas informatizados de liquidación de haberes del Estado bonaerense, evidenciando una supervisión insuficiente sobre las autoridades ejecutoras de gasto.
Perspectivas y escenarios futuros
El esclarecimiento de los hechos expuestos dependerá de la celeridad con la que actúen los organismos de control y el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires. La apertura de una investigación penal de oficio por parte de las fiscalías del departamento judicial de La Plata, sumada a una auditoría integral por parte del Ministerio de Salud provincial, asoman como los pasos procedimentales inmediatos para determinar la trazabilidad de los fondos giros y deslindar las responsabilidades individuales de los funcionarios firmantes.
Permanecen como interrogantes centrales la identificación de la red de beneficiarios finales de los giros dinerarios, la revisión de los controles internos que permitieron la validación mensual de los pagos durante períodos prolongados y las eventuales medidas preventivas o disciplinarias que adoptará el Ejecutivo provincial sobre las autoridades del Hospital El Dique.


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