domingo, 6 de noviembre de 2022

Justicia para todos (a las Juntas y a las cúpulas guerrilleras)

" Además de a las Juntas, Alfonsín tomó la decisión juzgar a las cúpulas guerrilleras. No porque fueran "dos demonios", sino por la necesaria restauración de la ley.

En estos días aprendimos –o recordamos– que la decisión de Raúl Alfonsín de juzgar a las juntas militares de la última dictadura tuvo la forma legal de un decreto: el 158/83. Teníamos mucho menos presente el decreto anterior, el –obviamente– 157/83, promulgado al mismo tiempo que el famoso, apenas iniciado el período democrático, el 13 de diciembre de 1983. El 157 promovía la persecución penal de los cabecillas de las organizaciones armadas Montoneros y ERP. Sus consecuencias quedaron sepultadas en la memoria colectiva por el paso del tiempo y las circunstancias políticas pero para un sector de la sociedad ese par de decretos en conjunto marcan la inclinación del gobierno de Raúl Alfonsín por la “teoría de los dos demonios”. Vamos a tratar en esta nota de refrescar los episodios históricos y de desentrañar la superstición ideológica que se enorgullece en vano de refutar esa “teoría”.

El decreto 157/83 señalaba explícitamente a los montoneros Mario Eduardo Firmenich, Fernando Vaca Narvaja, Ricardo Obregón Cano, Rodolfo Galimberti, Roberto Cirilo Perdía y Héctor Pedro Pardo y al probablemente único miembro del ERP sobreviviente, Enrique Gorriarán Merlo. La redacción mencionaba genéricamente la prosecución penal de “hechos cometidos con posterioridad al 25 de mayo de 1973”, es decir, el día de la asunción de Héctor J. Cámpora y de la amnistía general decretada por el Congreso. "

Seúl

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Entradas populares