En los considerandos del decreto DECTO-2024-1009-APN-PTE, firmado por el presidente de la Nación, Javier Milei, y la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, ha emergido una situación que podría configurar múltiples delitos tipificados en el Código Penal argentino.
La detección de presuntas irregularidades en las firmas del instructor y el secretario del sumario administrativo no solo debe dar obligado al Ministerio de Seguridad y al Servicio Penitenciario Federal a iniciar una investigación inmediata, sino que podría constituir una violación al artículo 292 del Código Penal, que tipifica la falsificación de documentos públicos con penas de hasta 6 años de prisión, agravadas cuando el autor es funcionario público según el artículo 298.
La falta de acción ante estas irregularidades podría derivar en cargos por incumplimiento de los deberes de funcionario público, establecidos en el artículo 249 del Código Penal, ya que la omisión de denunciar un posible delito constituye una violación directa a las obligaciones establecidas en la Ley 25.164 de Marco de Regulación del Empleo Público Nacional.
Los fundamentos de esta grave situación se encuentran en la denuncia penal radicada por el involucrado en consecuencia del sumario administrativo, quien ha presentado evidencia sobre la existencia de firmas falsas en los documentos oficiales. El denunciante ha aportado como prueba un peritaje caligráfico que, según sus declaraciones, confirma la falsedad de las firmas, lo cual no solo pone en entredicho la legitimidad del proceso administrativo sino que constituye una violación directa al artículo 18 de la Constitución Nacional, que garantiza la inviolabilidad de la defensa en juicio.
Esta situación se enmarca en una problemática estructural que afecta a las fuerzas de seguridad y policiales en Argentina, donde el personal enfrenta obstáculos sistemáticos para ejercer su defensa efectiva, en clara contradicción con la Ley 19.549 de Procedimientos Administrativos (más allá que se aleguen leyes especiales que impiden ejercer efectivamente derechos consagrados en la constitución nacional).
Los mecanismos para contrarrestar o cuestionar sanciones son notoriamente insuficientes, caracterizados por plazos exiguos para presentar recursos, dificultades para acceder a la documentación completa y restricciones para obtener copias de expedientes. Incluso ante probadas irregularidades por peritos, el Ministerio de Seguridad, con la firma de la Ministra Patricia Bullrich, y con la firma del Presidente de la Nación Javier Milei, parece hacer caso omiso.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha establecido, en fallos como "Astorga Bracht" (1984) y "Losicer" (2012), la necesidad imperativa del debido proceso en procedimientos administrativos. Sin embargo, la realidad actual del sistema revela un contexto que puede interpretarse como una forma de violencia institucional avalada por el propio Ministerio de Seguridad, donde las garantías constitucionales y legales son frecuentemente soslayadas.
El caso actual pone de manifiesto deficiencias críticas en múltiples niveles:
- Ausencia de una defensoría específica para personal de fuerzas de seguridad
- Costos prohibitivos para acceder a defensa privada especializada
- Falta de sistemas de control cruzado en sumarios administrativos
Esta situación podría generar responsabilidad internacional del Estado argentino por violación de garantías fundamentales protegidas por tratados internacionales incorporados a nuestra Constitución Nacional.
Las autoridades del Ministerio de Seguridad que deberían dar alguna respuesta ante esta situación son: Patricia Bullrich (Ministra de Seguridad de la Nación), Alejandra Susana Monteoliva (Secretaria de Seguridad), Carlos Alberto Manfroni (Titular de la Unidad Gabinete de asesores), Martín Siracusa (Secretario de Coordinación Administrativa), Diego Hernán Goldman (Subsecretario Legal), Julián Marcelo Curi (Subsecretario de Asuntos Penitenciarios), María Lorena Petrovich (Directora Nacional de Bienestar).
El Ministerio de Seguridad deberá ahora no solo investigar las irregularidades denunciadas sino también implementar reformas estructurales urgentes para garantizar el debido proceso y la transparencia en los procedimientos administrativos. Entre las medidas necesarias se encuentran la creación de órganos de control independientes, la implementación de protocolos de transparencia y la reforma integral del sistema de sumarios.
Esta crisis institucional demanda una respuesta que trascienda la mera investigación de las irregularidades detectadas y aborde las deficiencias estructurales del sistema. La situación actual no solo compromete los derechos individuales del personal de seguridad sino que amenaza la integridad y eficacia de las instituciones encargadas de la seguridad pública en Argentina.
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